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Estado de excepción: ¿pueden policías y militares entrar a una casa sin orden judicial?

Estado de excepción: ¿pueden policías y militares entrar a una casa sin orden judicial?

El Decreto Ejecutivo 498 suspendió temporalmente la inviolabilidad del domicilio en las localidades donde rige el nuevo estado de excepción.

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La seguridad ciudadana es una prioridad para Guayaquil y sus cantones, pero también lo es el respeto a los derechos fundamentales de los habitantes. En este contexto, surge una interrogante clave: ¿qué ocurre con la inviolabilidad del domicilio cuando se declara un estado de excepción?

Según el Decreto Ejecutivo 498, se suspendió temporalmente el derecho a la inviolabilidad de domicilio en las localidades donde rige el nuevo estado de excepción. Esto significa que, en esas áreas específicas, las autoridades pueden ingresar a una vivienda sin necesidad de contar con una orden judicial previa.

Es importante destacar que esta medida es temporal y se aplica únicamente en las zonas donde está vigente el estado de excepción. El objetivo es fortalecer la seguridad y combatir la delincuencia, pero siempre dentro del marco legal establecido.

Para los guayaquileños, entender estos cambios normativos es fundamental para conocer sus derechos y deberes en situaciones de emergencia. La transparencia y la claridad en la información son esenciales para mantener la confianza en las instituciones y garantizar el orden público.

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